Los cuadros tarifarios del servicio de gas natural serán definidos a partir de abril por una «nueva conceptualización» de los subsidios que, para asegurar su «correcta asignación» serán determinados en base a una Canasta Básica Energética que cubra las necesidades de los usuarios, «con distintos tipos de consumo en las zonas del país».
- Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $2.089.881,13(3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $2.117.058,82.
- Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- Tener 3 o más inmuebles.
- Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Segmento de ingresos medios (N3): pueden solicitarlo
- Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos mensuales totales entre $596.823,18 y $2.089.881,13 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $895.234,77 y $2.089.881,13 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 2 inmuebles.
- Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
Segmento de menores ingresos (N2): pueden solicitarlo
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a $596.823,18(1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $895.234,77 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 1 inmueble.
- No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $895.234,77 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
- Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $596.823,18 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
El Gobierno comenzó a aplicar el nuevo esquema tarifario de energía eléctrica y dispuso la reprogramación de los precios estacionales de verano para los usuarios de altos ingresos comprendidos en el Nivel 1, mientras mantuvo los valores subsidiados para los de ingresos bajos y medios, comprendidos respectivamente en los niveles 2 y 3.
La medida se formalizó a través de la resolución de la Secretaría de Energía 7/2024, publicada en el Boletín Oficial, con el propósito de «corregir progresivamente los desfases generados por 20 años de subsidios».
Por el momento sigue como válida la segmentación determinada en junio de 2022, en base a una serie de consumos y bienes patrimoniales y la referencia de un valor equivalente a 3,5 veces la Canasta Básica Total (CBT) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Fuente: Amito Energy