La AFIP notificó a 200.000 pymes sospechadas de no tener trabajadores registrados

En las últimas 24 horas alrededor de 200.000 pequeñas y medianas empresas recibieron en sus domicilios fiscales electrónicos una notificación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para alentarlos a que registren a sus empleados. Se trata de contribuyentes que no tienen ante el sistema trabajadores a su cargo, pero que el fisco considera que son “potenciales empleadores”.

“La información disponible en los registros del organismo indica que usted desarrolló actividad económica durante el año 2021 y, asimismo, que cuenta con un certificado MiPyMe que le permite acceder a distintos beneficios. Sin embargo, a pesar de las actividades desarrolladas y las características del sector donde se encuentra registrado, usted no figura registrado como empleador”, advierte la misiva, que fue enviada por la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social de la AIFP que encabeza Carlos Castagneto.

A través de un cruce de información con distintas bases de datos del organismo, el ente recaudador identificó un universo de contribuyentes que no se encuentran registrados como empleadores, pero que por sus niveles de facturación y la actividad que desarrollan “requieren la participación de asalariados en sus tareas”.

Los sectores que están bajo la lupa son, fundamentalmente, cinco: de la construcción, los servicios, el agro, la industria y el comercio. “Pero no hay ninguna obligación de tener empleados en relación de dependencia para encuadrar como MiPyME”, aclaró Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

Junto con la notificación, desde la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP indicaron que fiscalizará y multará a quienes, de corresponder, no regularicen dicha situación. “La omisión de la retención de aportes y el pago de las contribuciones sociales son pasibles de sanciones”, aseveró el fisco.

En caso de que la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont identifique la falta de regularización laboral, la normativa específica indica que se debe calcular los aportes y contribuciones de cada mes en infracción desde el inicio de la relación laboral, además de los intereses y multas.

Fuente: La Nacion / Afip 

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