La contienda electoral en la Provincia de Buenos Aires se ha visto sacudida por un nuevo e intenso capítulo judicial, centrado en la viabilidad y los plazos de impresión de las Boletas Únicas de Papel (BUP). El eje de la controversia es el pedido de la fuerza política La Libertad Avanza (LLA) de modificar las boletas ya impresas, argumentando que estas aún contienen la imagen del político José Luis Espert, quien presentó su renuncia en medio de un escándalo que involucraba sus vínculos con un empresario condenado por narcotráfico. Sin embargo, la resolución de las autoridades electorales ha sido contundente: el calendario electoral y la complejidad técnica prevalecen sobre el reclamo.
El fiscal federal Ramiro González, con competencia específica en el fuero electoral, emitió un dictamen categórico que descartó de plano la posibilidad de volver a imprimir la totalidad de las boletas en el distrito bonaerense. Esta decisión respalda el rechazo previo de la Junta Electoral Nacional, elevando el conflicto a la órbita de la Cámara Nacional Electoral (CNE), que deberá tomar la definición final sobre el procedimiento a seguir.
«No hay tiempo»: La Imposibilidad Fáctica de la Reimpresión
El dictamen del fiscal González se cimentó de manera sólida en los informes técnicos presentados por organismos clave en la logística de los comicios: el Correo Argentino y la Dirección Nacional Electoral (DINE). Estos reportes detallaron minuciosamente la avanzada etapa del cronograma electoral y la complejidad de los procedimientos ya ejecutados.
La reimpresión de la BUP no es un mero cambio de archivo, sino una tarea logística colosal que implica múltiples etapas ya completadas: la verificación de calidad, la numeración de cada instrumento, el encuadernado de los talonarios, los cortes precisos y, crucialmente, la preparación final que incluye el escaneo, el encintado, el control de cierre y el armado de los bolsines que deben ser distribuidos en cada una de las miles de mesas de votación.
La conclusión del fiscal, basada en esta evidencia, fue lapidaria: «No existe margen temporal suficiente para imprimir y distribuir un nuevo instrumento de votación antes del día fijado para la elección». El 11 de octubre ya había vencido como fecha límite para el envío de los archivos definitivos a imprenta. La reciente confirmación judicial de la lista de candidatos de LLA —con Diego Santilli encabezando en reemplazo de Espert— ocurrió en un momento donde era imposible aprobar el modelo definitivo y realizar la prueba de impresión necesaria según lo que dicta la normativa electoral.
El Riesgo al Acto Electoral, un Obstáculo Insalvable
González amplió su argumentación señalando un principio fundamental de la justicia electoral: la prioridad del acto comicial. Intentar corregir el problema de una sola agrupación podría desencadenar un riesgo mucho mayor para el proceso democrático en su conjunto. El fiscal remarcó que «la reimpresión de la Boleta Única Papel para el distrito traslada la posible confusión de una agrupación al riesgo para el acto electoral mismo».
Para el Ministerio Público Fiscal, la coyuntura actual presenta obstáculos que resultan insalvables. Retrotraer un cronograma electoral tan avanzado a instancias ya superadas técnicamente, con el objetivo de evitar una probable confusión en la oferta de una única agrupación, resulta, en sus palabras, «extremadamente complejo». Cuando está en juego la propia realización de la elección, la conclusión de mantener el statu quo es forzosa. El fiscal destacó además la labor y el conocimiento de los técnicos de la Secretaría Electoral, quienes confirman la imposibilidad fáctica de resolver la tarea a tiempo.
Precedentes Judiciales y el Principio de Bilateralidad
En su dictamen, el fiscal repasó antecedentes que avalan su postura. Históricamente, tanto el Ministerio Público Fiscal como la CNE han intervenido para resolver problemas de boletas, priorizando siempre la posibilidad de un voto libre e informado. Sin embargo, también citó precedentes donde la Cámara reconoció la imposibilidad material de re-editar boletas, optando por avalar el uso de los instrumentos ya impresos. Un ejemplo notable fue el caso de Santiago del Estero, donde una decisión de la Corte Suprema, sumada a la urgencia operativa, llevó a admitir las boletas ya existentes.
El desarrollo de esta controversia tuvo un giro procesal reciente. La CNE, presidida por Daniel Bejas, devolvió la apelación presentada por La Libertad Avanza a la Junta Electoral Nacional Distrito Buenos Aires. El motivo no fue de fondo, sino de forma: no se había solicitado previamente la opinión de las demás fuerzas políticas involucradas en el proceso. Este paso es considerado esencial para garantizar el principio de bilateralidad y asegurar el derecho de defensa de todos los actores políticos.
Esta devolución obliga a la Junta a subsanar el error procesal antes de que el tema regrese a la CNE para su resolución final. Sin embargo, la dirección del caso ya parece marcada por el dictamen del fiscal: resulta imposible, en términos fácticos, cumplir con el procedimiento legal para oficializar y distribuir nuevas boletas sin poner en riesgo la emisión del voto ciudadano el 26 de octubre. En este contexto, la urgencia operativa prima sobre el cambio solicitado, asegurando que los comicios se realicen en tiempo y forma, aunque sea con las polémicas boletas ya impresas.