Economia: Nuevo requisito para no perder la AUH

La ANSES informó un nuevo requisito para acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH) en el caso que dejen el país. Cabe recordar que en junio recibirán, junto con la Tarjeta Alimentar, un nuevo aumento.
La normativa de ANSES establece que se le quitará el beneficio de la AUH a la persona que «no cumple con el requisito de residencia en el país cuando se haya ausentado del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA por un período superior al de NOVENTA DÍAS (90) días corridos, conforme los fundamentos que ilustran la presente».

«Para verificar el cumplimiento del requisito de residencia mencionado en el artículo 1° de la presente, se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y aquella remitida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos», agrega la resolución.
La Asignación Universal por Hijo (AUH), una ayuda económica brindada por ANSES que se paga por cada hijo menor de 18 años que pertenece a un grupo familiar sin trabajo o que se desempeña en la economía informal, tendrá en junio un incremento del 41,48%, alcanzando así la suma de $74.354.
A quiénes les corresponde la AUHEsta asignación está dirigida a personas:

  • trabajadoras en relación de dependencia.
  • que cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • trabajadoras monotributistas.
  • trabajadoras de temporada.
  • trabajadoras rurales.
  • que cobren la Prestación por Desempleo.
  • que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
  • que cobren una Pensión No Contributiva por Invalidez o asignación por trasplante.
  • Titulares de jubilaciones y pensiones.

Requisitos para acceder a la AUH

Del titular

Debés tener los datos personales y del grupo familiar actualizados en ANSES.

Tenés que informar un lugar de cobro.

Del hijo

Ser menor de 18 años, soltero y residir en el país.

Del hijo con discapacidad

Sin límite de edad.

Ser soltero, viudo, divorciado, separado legalmente y residir en el país.

Tener la autorización para el cobro vigente emitida por ANSES.

Aclaración: también corresponden las asignaciones en caso de hijo adoptado, en guarda, bajo cuidado personal, tutela, curatela o bajo apoyo designado por autoridad judicial, en caso que el hijo a cargo tenga trabajo registrado o perciba cualquier prestación de ANSES.

Fuente: Ambito 

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