Finalmente, el Gobierno publicó este lunes el decreto que reglamenta la declaración de «servicio esencial» al sector aerocomercial. La decisión había sido adelantada la semana pasada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
La medida reglamenta lo dispuesto en el mega DNU 70/23 publicado en diciembre del año pasado, en el que se habilita la inclusión del sector aerocomercial dentro de la calificación como «esencial» para garantizar una cobertura del servicio e impedir la paralización ante medidas de fuerza.
Asimismo, aclaran que si una vez agotado dicho término «el acuerdo no fuere posible o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la determinación de las materias enumeradas precedentemente será efectivizada en el término de CUARENTA Y OCHO (48) horas por la Autoridad de Aplicación, que notificará e intimará a las partes a su cumplimiento».
Ante ese escenario, se deberá tener en cuenta «para la determinación de los servicios mínimos un porcentaje que en ningún caso podrá resultar inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) respecto de la actividad o prestación normal y regular de los servicios», teniendo en cuenta «una escala gradual sobre la base de la duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio».
Mediante un comunicado difundido por la red social X, APLA señaló que «tras las sanciones y despidos de compañeros/as pilotos por llevar adelante medidas de acción gremial, es más importante que nunca, mantenernos unidos y solidarios».
Agregaron que «a fuerza de su lucha «está en la cohesión, defendiéndonos, apoyándonos mutuamente. Lo que cada uno tiene para aportar en este legítimo reclamo son sus propias acciones sindicales puestas al servicio de la defensa colectiva».
Fuente: Ambito