El 30 de agosto de 2020, en consenso federal, se emitió el Decreto 714/2020 por medio del cual se modificaron condiciones tanto del aislamiento social, preventivo y obligatorio como del distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Luego de escuchar y atender los pedidos de muchos familiares y los equipos de salud de las jurisdicciones, se oficializó para todo el territorio nacional, mediante dicho Decreto, algo que ya ocurría en instituciones y jurisdicciones: el acompañamiento familiar durante la internación de pacientes en sus últimos días de vida, con diagnóstico COVID-19 o de cualquier otra enfermedad o padecimiento.
De hecho, el 10 de agosto de 2020 el Ministerio ya tenía publicado en su web un documento con recomendaciones para el acompañamiento en los últimos días de pacientes terminales, elaborado por el propio Foro de Sociedades Científicas Argentinas, de Organizaciones de la Sociedad Civil y de Universidades, ante el cual se realizó el balance de gestión.
Para ese momento, cada institución, a través de sus autoridades, analizando cada caso particular, otorgaba autorización y generaba el protocolo.
Es importante recordar que el motivo de la restricción de visitas en su momento había sido la escasez, a nivel mundial, de equipos de protección personal, los cuales se priorizaban para el personal de salud.
A mediados de 2020, esa situación ya se había resuelto por gestión del Ministerio de Salud, y, por eso, las instituciones ya generaban autorizaciones para visitas con protocolos.
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