Elecciones 2025: Todo lo que NO se puede hacer con el inicio de la Veda Electoral

Desde el inicio de la veda, y hasta el cierre de los centros de votación, está estrictamente prohibido realizar actos públicos de proselitismo, distribuir boletas, llevar a cabo espectáculos masivos al aire libre o en recintos cerrados, y publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Una de las restricciones más conocidas que impacta a la población es la prohibición de venta de bebidas alcohólicas. Esta rige desde las 20:00 horas del sábado y se extiende hasta tres horas después del cierre de los comicios.

Asimismo, la normativa electoral prohíbe a los ciudadanos la portación de armas, la realización de reuniones de electores que no estén relacionadas con el acto electoral, y la apertura de locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas de votación.

La Justicia Nacional Electoral ha recordado que el incumplimiento de estas disposiciones constituye una infracción y puede acarrear severas sanciones, incluyendo multas y penas de prisión, dependiendo de la gravedad de la falta. Con el inicio de la veda, la atención se centra ahora en la organización final de los operativos de seguridad y logísticos para la jornada electoral del próximo domingo.

La veda electoral por las elecciones generales de 2025 comenzó a regir en todo el territorio nacional a partir de las 8:00 de la mañana de este viernes. La medida, dispuesta por el Código Nacional Electoral, marca el cese definitivo de las actividades de campaña y establece una serie de prohibiciones clave tanto para los partidos políticos como para la ciudadanía, buscando garantizar un clima de reflexión antes de la votación del domingo.

Desde el inicio de la veda, y hasta el cierre de los centros de votación, está estrictamente prohibido realizar actos públicos de proselitismo, distribuir boletas, llevar a cabo espectáculos masivos al aire libre o en recintos cerrados, y publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Una de las restricciones más conocidas que impacta a la población es la prohibición de venta de bebidas alcohólicas. Esta rige desde las 20:00 horas del sábado y se extiende hasta tres horas después del cierre de los comicios.

Asimismo, la normativa electoral prohíbe a los ciudadanos la portación de armas, la realización de reuniones de electores que no estén relacionadas con el acto electoral, y la apertura de locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas de votación.

La Justicia Nacional Electoral ha recordado que el incumplimiento de estas disposiciones constituye una infracción y puede acarrear severas sanciones, incluyendo multas y penas de prisión, dependiendo de la gravedad de la falta. Con el inicio de la veda, la atención se centra ahora en la organización final de los operativos de seguridad y logísticos para la jornada electoral del próximo domingo.

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